DEDUCCIONES COMPLEMENTARIAS EN FACTURACIÓN DE RECETAS PDF 

  • Según lo establecido en el Real Decreto Ley 8/2010 de 20 de Mayo, publicado en el B.O.E. nº 126 de fecha 24 de Mayo, será de aplicación una deducción del 7´5% complementario en la facturación de recetas de medicamentos.  No será de aplicación a especialidades sometidas al sistema de precios de referencia y a especialidades E.F.G.
  • Asimismo, y en aplicación del mismo decreto, se aplicará una deducción del 4% en la facturación de recetas de medicamentos huérfanos.
  • Esta nueva normativa será de aplicación a partir de la facturación de Junio.
  • Estas nuevas deducciones se llevarán a cabo de forma automática como paso previo a la aplicación de la tabla de deducciones general cuando se vayan a facturar recetas con Farmatic, una vez se instale la próxima versión de Farmatic Windows.
  • Asimismo, se adelantan las herramientas que permiten:
  • Identificación de artículos afectados
  • Analizar el impacto en la farmacia de las nuevas deducciones